En 2024 llega la normativa Euro 5+
De la Euro4 a la Euro5 y ahora a la Euro5 +
El 1 de enero de 2020 entró el nuevo tipo de homologación Euro5 que supuso un cambio muy importante en la industria de las dos ruedas. Los requisitos a cumplir eran mucho más estrictos y obligó a las marcas a desarrollar sus motocicletas con nuevos estándares para cumplir dicha homologación. Emisiones, durabilidad y conexión a los datos electrónicos fueron algunos de las de las partes que debieron adaptar y que supuso a muchas de lellas tener que dejar de comercializar algunos modelos en nuestro país. Otras marcas menos populares incluso desaparecieron, dada la complejidad y sobrecoste de desarrollar sus motores y motocicletas para esta nueva normativa Euro5.
La normativa base de la Euro5 es el Reglamento UE 168/2013 y reglamentos delegados. La normativa de adaptación a la Euro 5 para los requisitos técnicos se basa en el Reglamento UE 2019/129 del 16 de enero de 2019 que modifica el reglamento 168/2013 en el marco de homologación EU de la categoría L. En este se modificaron los artículos 21,23,30,44,75. Y también se modificaron los anexos 245 y 6.
En cuanto a los requisitos administrativos se basa en el Reglamento UE 2020/239 del 20 de febrero de 2020 que modifica el Reglamento delegado UE 901/2014 para los requisitos administrativos de homologación. Junto en éste se inserta un nuevo artículo 12 bis con disposiciones transitorias y modifican los anexos 147 y 8.
Cambios que trae la normativa Euro5+ y los vehículos que deberán cumplirla
La nueva normativa Euro5 + será obligatoria para nuevos tipos a partir del 1 de enero de 2024.
En cuanto a los cambios aplicados en el ciclo de ensayo WMT de tipo 1, la simulación de conducción tiene nuevos límites Euro5 para las categorías L1ey, L3e-AXE, L3e-AXT y L6eb. Siendo los L1e ciclomotores de 2 ruedas, el L2 los ciclomotores de 3 ruedas, el L3e motocicletas de 2 ruedas y L4e motocicleta con sidecar. Por su parte los L5 son triciclos y L6e cuadriciclo ligero, siendo la L7 para cuadriciclos pesados.
¿Cuándo entrará en vigor la normativa Euro5 +?
El 1 de enero de 2024 entraba en vigor la nueva Euro 5 plus en cuanto a tipos de homologación y que implicará que cualquier modelo que se vendiera a partir del 1 de enero de 2025 cumpla con esta normativa.
No obstante, la transición de la Euro5 a la Euro5 + y, como ya ocurriese de la Euro4 a la Euro5, tendrá límite de unidades que se podrán seguir vendiendo con la homologación precedente. Este cálculo en cuanto al límite de unidades según las indicaciones de reglamento UE 168/2013 permitirá un número máximo de unidades Euro5 en stock calculado por cada tipo homologado lo que implicará un 10% del número de matriculaciones registrado durante el periodo 2023-2024 en España por cada tipo o un mínimo garantizado de 100 unidades por tipo si el 10% de matriculaciones calculado es inferior a 100.
Así pues, el plazo de matriculación de las «fin de serie» será de 2025 a 2026 y la etapa Euro5 plus solo afectará a las categorías indicadas. El resto seguirán registrándose como Euro5.
¿Y cuándo llegará la Etiqueta medioambiental ECO a las motos?
Aún así las motocicletas, ciclomotores, triciclos y cuadriciclos siguen estando en una posición de discriminación en cuanto al etiquetado ambiental ya que en el mundo del automóvil si existe la Eco y en las motos incluso menos contaminantes, no.
Las nuevas condiciones en cuanto a límites de emisiones y su control presentan una nueva era de motocicletas y vehículos ligeros más eficientes y respetuosos con el medio ambiente.
El planteamiento de las etapas Euro5 y Euro5+ ha supuesto un auténtico reto tecnológico para la industria del sector cuyo mercado ya ha acusado efectos en la evolución normativa.
Los límites de sonido exigidos actualmente en homologación no se consideran elevados, ni suponen problemas de cara a la contaminación acústica, por ello ni la Euro5 ni la Euro5+ introducen revisiones de dichos límites.
La industria ha invertido importantes recursos en i+d+i.
Resumen de los cambios en la normativa Euro 5+ para motocicletas
• El sistema OBD deberá ser más preciso a las emisiones reales del vehículo en todo momento, con menos margen de tolerancia que en la Euro 5.
• Se exigirá la monitorización del catalizador, es decir, doble sonda lambda, antes y después del catalizador, para garantizar su correcto funcionamiento durante toda la vida del vehículo.
En definitiva, más tecnología de control sobre emisiones, aunque no se reduzcan los niveles (sólo para algunas subcategorías muy concretas como trial y enduro, o los ciclomotores de tres ruedas).
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